Real Decreto 1065/2025: Contratos formativos en España

El nuevo marco del contrato formativo con el Real Decreto 1065/2025

Con la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Real Decreto 1065/2025, de 26 de noviembre, arranca una nueva etapa para los contratos formativos en España. Esta norma reglamenta el régimen previsto en el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, incorporando importantes novedades tanto para los trabajadores como para las empresas.

Modalidades de contrato claramente definidas

El decreto distingue dos modalidades principales:

Ambas modalidades se integran en el régimen general del empleo, con cotización a la Seguridad Social, cobertura de desempleo y protección frente a insolvencia (FOGASA).

Garantías y condiciones laborales reforzadas

El decreto establece un conjunto de garantías para asegurar que estos contratos sirvan como verdaderas vías de formación, no meras fórmulas de empleo precario:

Asimismo, la representación legal de los trabajadores tendrá derecho a disponer de una copia básica del contrato formativo y del plan formativo, reforzando la transparencia.

Límites cuantitativos para las empresas

Uno de los cambios más relevantes: se establecen topes máximos de contratos formativos por centro de trabajo, en función del tamaño de la plantilla.

La escala fijada es la siguiente:

Además, las personas con discapacidad contratadas mediante estas modalidades no se computan a efectos del límite máximo, favoreciendo la inclusión.

Este tope busca garantizar que la empresa tenga capacidad real para tutorizarlas adecuadamente y evitar su uso masivo como sustituto de empleo ordinario.

Prevención del uso abusivo: prácticas vs contratos formativos

La aprobación del decreto responde, en parte, a la preocupación por el uso abusivo de “falsos becarios”: personas que realizaban tareas como trabajador ordinario bajo la apariencia de prácticas sin protección laboral.

Con las reglas del 1065/2025, estos contratos formativos deben cumplir requisitos estrictos: actividad ligada a la formación, plan formativo, remuneración mínima, jornada compatible y límites por empresa. Si se usan de forma fraudulenta o incumpliendo las obligaciones formativas, la norma prevé su conversión en contrato indefinido ordinario.

Un paso hacia la cualificación y el empleo digno

El nuevo decreto representa un giro claro hacia un modelo de inserción laboral mediante formación real y protegida. Busca que los contratos formativos —tanto en alternancia como con prácticas profesionales— sean herramientas de aprendizaje y desarrollo profesional, no simples fórmulas de contratación barata.

Para las empresas, aporta un marco claro, con límites razonables, tutorización regulada y flexibilidad en la organización de la formación. Para las personas en formación, supone una oportunidad de adquirir experiencia real en condiciones dignas, con retribución, cotización y derechos.

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